Para que no pille de sorpresa a nadie, en este Lexiconómico vamos a repasar dos gastos que forman parte de esa cantidad extra que debemos tener disponible antes de comprar un activo. Al cambiar de casa o de coche hay que pagar un porcentaje al fisco que finalmente va a encarecer un poco más la compra. Veamos qué es y cómo funciona el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, también conocidos por sus siglas: ITP y AJD.
¿Qué es ITP y AJD?
Queremos comprar un parking, un piso, un trastero, un terreno o un coche, por citar los tipos de activos más habituales para un ahorrador. En todos esos casos tenemos que considerar un posible sobrecoste: el ITP y AJD.
ITP es un impuesto indirecto que grava la transmisión de bienes y derechos inter vivos. Como siempre que se habla de tributos, podemos diferenciar:
- Hecho imponible: transmisión inter vivos ya sea de forma indefinida (venta) o temporal (alquiler) de bienes (muebles o inmuebles) y derechos (usufructo, por ejemplo).
- El sujeto pasivo: el que recibe el bien o derecho.
- Base imponible: el valor del bien o derecho transmitido o constituido.
Sobre la base imponible se aplica un tipo impositivo para determinar la cuota tributaria, que dependerá de la comunidad autónoma en la que resida el sujeto pasivo. El tipo general del ITP es un porcentaje que oscila del 4% al 10%, según la comunidad, aunque también existen tipos reducidos.
La primera duda que salta a la palestra es: ¿se paga IVA o ITP? Tirando de la legislación vigente, la Agencia Tributaria explica que:
- Se aplica el IVA cuando quien transmite es empresario o profesional.
- Se aplica “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (TPO) del ITP y AJD cuando quien transmite es un particular.
El apellido «Onerosas» se refiere a que en la transmisión del activo existe una contraprestación, es decir, no se hace de forma gratuita, como sucedería en sucesiones y donaciones.
¿Comprar una vivienda o un garaje está sujeto a ITP y AJD?
Tan solo si compramos un activo de segunda mano tendremos que pagar ITP y AJD. En cambio, si es una vivienda nueva o un garaje nuevo, pagaremos IVA.
¿También el alquiler lleva ITP?
Aunque ha sido algo desconocido por muchos inquilinos, el alquiler también lleva ITP. En los últimos años varias comunidades autónomas han reclamado el pago de este impuesto. Ajustándonos a la norma del impuesto, el alquiler está sujeto, pues se trata de una transmisión temporal. La base imponible vendrá determinada por la cuota mensual del alquiler multiplicada por el número de meses de duración establecidos en el contrato de arrendamiento.
Actos Jurídicos Documentados
Llevamos arrastrando la coletilla AJD desde el principio del artículo. Cada vez que haya que firmar en el notario e inscribir una escritura pública se requiere el pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Este porcentaje oscila del 0,1% al 1,5%, según el tipo de activo transmitido, de su valor y de la comunidad autónoma del bien. En el caso de firmarse una hipoteca, habrá que aplicar ese porcentaje sobre el importe reflejado en la escritura y sobre sobre el importe de la responsabilidad hipotecaria.