calcular el IVA

¿Cómo calcular el IVA?

El IVA es el impuesto que más nos acompaña en nuestra vida diaria. Es así porque grava el consumo y necesitamos consumir a diario. Calcular el IVA es una tarea sencilla. Tanto si quieres saber cuánto IVA llevan los productos y servicios que compras, como si eres un autónomo que tiene que calcularlo en sus facturas y luego ingresarlo en Hacienda.

IVA es un término que está presente en el día a día de todos, de una forma más o menos consciente. Aunque resulte muy conocido para quien en su trabajo lo calcula constantemente, para muchas personas no deja de ser un porcentaje misterioso que se aplica en sus compras. Este es el momento de terminar con cualquier duda sobre cómo calcular el IVA, con un enfoque muy práctico y simplificado.

Qué es el IVA

El IVA es un impuesto, una cantidad de dinero que es exigido por la Agencia Tributaria (Hacienda). Hasta aquí todo claro. Bueno es tan evidente, que casi lo olvidamos: IVA son las iniciales de Impuesto sobre el Valor Añadido.

El IVA grava toda entrega de bienes y prestación de servicios realizada por empresarios y profesionales, adquisición intracomunitaria o importación de bienes. ¿La cosa se complica? Puede ser, pero en lo que te afecta como consumidor, quédate con que grava el consumo, es decir, que se paga cuando hay consumo.

El IVA es un impuesto indirecto. Significa que otro agente económico lo recauda para Hacienda. Es más fácil de entender si lo piensas así: cuando compras algo, el porcentaje destinado a IVA no lo estás pagando en ese momento, solo se lo estás entregando al vendedor, quien luego lo ingresará en Hacienda.

  • En resumen, el IVA representa una parte de lo que pagas por tus compras. Lo pagas tú como consumidor y lo entrega a Hacienda la empresa a la que le compras.

Legislación sobre el IVA

Como no podía ser de otra forma, detrás de esta explicación básica del IVA hay muchísima legislación que parte de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido y de su reglamento, el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre. Es un marco legal de principios de los noventa, que casi todos los años se ha actualizado mediante reales decretos.

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Cómo calcular el IVA

Calcular el IVA consiste en aplicar un tipo de IVA a la base imponible. Que nadie se pierda. Es un porcentaje que la ley obliga a aplicar sobre el precio bruto (sin IVA) de lo que se está comprando: 4%, 10%, 21%, o incluso al 0% (exento de IVA, lo vemos en este artículo, un poco más adelante). Ese porcentaje se suma al precio bruto y se obtiene el precio total, precio con IVA. Es muy fácil:

Precio con IVA = Precio bruto (base imponible) x tipo de IVA (%)

Hay tres tipos de IVA: general (21%), reducido (10%) y superreducido (4%). Como el listado de la Ley del IVA sobre qué tipo de IVA se aplica en cada caso es muy largo, a continuación, veremos solo un resumen.

IVA al 4%: tipo superreducido

Es el porcentaje más pequeño. El listado completo está en el punto dos del artículo 91 de la Ley del IVA. Se aplica el 4% a bienes y servicios básicos, de primera necesidad.

  • Alimentos básicos: frutas, verduras, hortalizas, huevos, queso, leche, cereales y pan.
  • Libros, periódicos y revistas que no contengan fundamentalmente publicidad. También en formato electrónico.
  • Medicamentos para personas.
  • Viviendas de protección oficial (venta o alquiler con opción a compra).
  • Servicios y productos para personas con discapacidad. También servicios de teleasistencia, ayuda en domicilio y atención en residencias.

IVA al 10%: tipo reducido

Al principio del artículo 91 de la Ley del IVA se detallan todas las operaciones con tipo de IVA reducido, al 10%. Aquí enumeramos algunas:

  • Agua y alimentos para humanos y animales. Exceptuando los que van al 4% y las bebidas refrescantes y alcohólicas, que van al 21%.
  • Bienes necesarios para actividades agrícolas, forestales o ganaderas.
  • Medicamentos para animales (uso veterinario).
  • Productos farmacéuticos, gafas y lentillas.
  • Flores y plantas.
  • Viviendas de obra nueva y reparación de edificios de viviendas. También alquiler con opción a compra.
  • Ciclomotores (menos de 50 c. c.).
  • Servicios de transporte de viajeros, hostelería y restauración.
  • Servicios de limpieza de áreas públicas y recogida de residuos.
  • Espectáculos deportivos, cines, bibliotecas, museos y galerías.

Un último apunte, durante la crisis del coronavirus, se aplica un tipo de IVA del 0% a los productos sanitarios utilizados en clínicas, hospitales y entidades privadas de carácter social.

IVA al 21%: tipo general

El tipo general de IVA queda establecido actualmente en el 21%. Por eliminación, el IVA al 21% se aplica a todas las operaciones que no lleven un IVA reducido o superreducido.

IVA al 0%: operaciones sujetas, pero exentas

Además, hay determinadas operaciones que la Ley del IVA considera sujetas, pero que la propia ley también clasifica como exentas. En otras palabras, la Ley determina que deberían llevar IVA pero, para proteger o facilitar la actividad de sus sectores de actividad (sanidad, educación, cultura, etc.), también establece que su tipo es el 0%. A efectos prácticos, es como si no llevase IVA, porque ese porcentaje, lógicamente no suma nada al precio. Por no extendernos no las enumeramos aquí, sino que remitimos a la lectura de los artículos 20 a 27 de la Ley del IVA.

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Cómo calcular el IVA: autónomos y empresas

Lo que hemos visto hasta ahora también es de aplicación desde el otro punto de vista: el del autónomo o la empresa que vende bienes y presta servicios. Por tanto, los diferentes tipos de IVA estarán presentes en tus facturas, aunque ahora, como empresa o autónomo, tendrás dos tipos de factura:

Facturas emitidas a tus clientes, donde repercutes IVA

El IVA devengado o repercutido es el IVA que sumas en tus facturas a la base imponible. Es decir, el porcentaje de IVA que cobras a tus clientes por tus ventas. Un ejemplo sencillísimo:

Base imponible: 1.000 euros.

IVA (+21%): +210 euros.

Total factura: 1.210 euros.

Facturas recibidas de tus proveedores, donde soportas IVA

El IVA soportado es el IVA que viene incluido en las facturas de tus proveedores. Es decir, actúas como un cliente y, por tanto, tu proveedor te cobra el IVA que corresponda.

Recargo de equivalencia

Aquí aparece el concepto de recargo de equivalencia. Consiste en pagar un poco más a tu proveedor en sus facturas a cambio de evitar presentar las declaraciones de IVA (las veremos a continuación). Pero cuidado, porque no es optativo, sino obligatorio si eres un comerciante minorista: significa que en tu negocio no transformas el producto que vendes al consumidor final.

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Cómo recauda Hacienda el IVA

Siguiendo bajo el punto de vista de una empresa o autónomo, ya ha quedado muy claro que el IVA es un impuesto que pagamos al comprar (como clientes) y que cobramos al vender (como empresarios). Pero, ¿y la Hacienda Pública? ¿Cómo recauda la Agencia Tributaria el IVA?

Hay numerosos modelos de declaración de la Agencia Tributaria implicados en el IVA, todos ellos numerados entre el 300 y el 399. Sin embargo, los tres más habituales para la mayoría de empresas y trabajadores autónomos son:

  • Modelo 303: autoliquidación de IVA.
  • Modelo 390: declaración resumen anual de IVA.
  • Modelo 347: declaración anual de operaciones con terceras personas

Modelo 303: así recauda Hacienda el IVA

Precisamente con el modelo 303 se calcula la diferencia entre lo que has cobrado de IVA a tus clientes (IVA devengado o repercutido) y lo que has pagado de IVA a tus proveedores para realizar tu actividad empresarial (IVA soportado deducible):

  • Si en tu negocio has cobrado más IVA del que has pagado (deducible), tienes un exceso de IVA devengado: en el modelo 303 tendrás que solicitar su ingreso en la Agencia Tributaria.
  • Si en tu negocio has pagado más IVA (deducible) del que has cobrado, tienes un exceso de IVA soportado deducible: en exceso de IVA soportado que se compensará  con el que se repercuta en sucesivas liquidaciones pudiendo pedir la devolución en la declaración liquidación que corresponda al último trimestre de cada año.

Como repaso final, recordamos que calcular el IVA para un consumidor final en aplicar un porcentaje (4%, 10% o 21%) sobre el precio de los productos o servicios que consuma y que el IVA es un impuesto que paga el consumidor final. El empresario cobra y paga IVA con el desarrollo de su actividad, de forma que al deducirse el IVA que soporta frente al que repercute, se va gravando el valor añadido que se produce en cada una de las fases del proceso de producción de bienes y servicios , IVA que se va trasladando así hasta el consumidor final.

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