En más de una ocasión nos hemos topado con el término IPREM: al comprobar si tenemos derecho a una beca, al leer las condiciones para acceder a una vivienda de protección oficial, etc. Pero simplemente nos informamos de a qué importe equivale esa extraña palabra y no profundizamos en su significado. Hagámoslo ahora en este Lexiconómico.
Como sus siglas indican, se trata de un Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que no debemos confundir con el SMI o salario mínimo interprofesional. Mientras que el SMI es la retribución mínima que ganará un trabajador referenciada a una jornada de trabajo normal, el IPREM corresponde a otro importe diferente –y menor– al SMI, y determina el acceso al sistema de ayudas y subsidios públicos, así como su importe.
El IPREM se utiliza para el cálculo del importe de las prestaciones y subsidios por desempleo, pensiones no contributivas, renta agraria y renta activa de inserción. Y para determinar el acceso a becas, ayudas, a VPO, a asistencia jurídica gratuita, etc. A modo de ejemplo, mencionaremos que los conocidos 426 euros del subsidio por desempleo resultan de aplicar el 80% al IPREM mensual (532,51 euros).
Determinación del IPREM
Cada año el valor del IPREM se actualiza dentro de los Presupuestos Generales del Estado aunque, desde los presupuestos de 2010, se ha mantenido congelado. El IPREM para 2016, según se estableció en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 es:
- IPREM diario: 17,75 euros/día.
- IPREM mensual: 532,51 euros/mes.
- IPREM anual: 6.390,13 euros/año (12 pagas).
- IPREM anual: 7.455,14 euros/año (14 pagas).
Evolución del IPREM vs. SMI
El IPREM apareció por primera vez en 2004, separando el concepto de salario mínimo del importe utilizado para calcular el acceso a prestaciones y subsidios públicos. Aunque en 2004 IPREM y SMI coincidieron en 460,50 euros, desde entonces el SMI ha crecido más, como vemos en la siguiente gráfica:
Con la aparición del IPREM se posibilitó el incremento anual del SMI sin afectar al sistema de ayudas públicas. Que el IPREM y los ratios aplicados a éste permanezcan congelados –sin actualizarse con el IPC– podría entenderse como una exclusión de posibles beneficiarios de ayudas, puesto que el SMI sí que se ha seguido incrementado, y al mismo tiempo, como un estancamiento de los importes calculados a partir del IPREM (así sucede con el subsidio de 426 euros, 80% del IPREM mensual).