La pignoración es uno de esos conceptos económicos que, sin ser complejo, su explicación resulta complicada. Y, como veremos a continuación, aunque es una herramienta que no se usa todos los días, puede ser muy útil en las finanzas personales.
La regulación de la pignoración está fragmentada entre los textos del Código Civil, el Código de Comercio y otras leyes específicas. Para no perdernos en leyes, vamos a resumirlas de forma sencilla y nos centraremos más en su aplicación:
Pignorar es dejar algo en prenda; y ¿qué es una prenda? Todos sabemos lo que es una hipoteca, pues bien, tanto hipoteca como prenda son garantías reales sobre una obligación principal. Eso significa que para garantizar el cumplimiento de una obligación, el obligado ofrece como garantía un bien. En el caso de la prenda, será un bien mueble (un coche, un préstamo, un fondo, una cuenta bancaria, unas acciones, etc.). Justamente ese bien es llamado prenda.
- En una pignoración se requiere el traslado de la posesión de la prenda y ojo, porque la propiedad sigue siendo del obligado. Es decir, la prenda solo pasa a ser custodiada por el titular del derecho (el banco o la persona con quien el obligado tiene la obligación), que no podrá disponer de él para uso propio.
- El obligado no podrá transmitir ni modificar la prenda mientras exista la obligación.
- Cuando termina la obligación, se extingue la prenda.
- La pignoración debe reflejarse en escritura pública.
- En caso de incumplimiento de la obligación, el titular del derecho no puede quedarse con la propiedad del bien directamente, sino que debe vender la prenda en subasta pública. Si no hay ningún comprador en la subasta pública, solo entonces podría quedarse con ella.
Traducido a un ejemplo extremadamente sencillo: A presta dinero a B. B entrega su coche a A como garantía. A lo guarda hasta que B le devuelve el dinero y los intereses.
Aplicaciones de la pignoración
Para comprender bien las explicaciones anteriores, veamos varios ejemplos prácticos:
Pignoración de acciones: queremos invertir en acciones pero no tenemos suficiente disponible y pedimos un préstamo. Para garantizar ese préstamo, entregamos las propias acciones como prenda.
Pignoración de una herencia: heredamos varios bienes muebles (por ejemplo, depósitos bancarios) y no disponemos de efectivo para pagar el impuesto de sucesiones. Entonces pedimos un préstamo para pagar dicho impuesto y pignoramos parte de la herencia (dejamos en prenda parte de esos depósitos).
Préstamo pignoraticio. Imaginemos que necesitamos financiación y pedimos un préstamo. Si disponemos de una cuenta a plazo, o productos financieros, podemos pignorarlos para garantizar ese préstamo y sus intereses.
En los casos anteriores la prenda es el saldo que se pignora, la fracción del depósito que se inmoviliza o las acciones o valores que garantizan al banco que se va a pagar el préstamo. Sin embargo, los rendimientos e intereses generados por el saldo pignorado no forman parte de la prenda, por lo que los tendremos a nuestra disposición.
Otro ejemplo de pignoración es el de las casas de empeño y los montes de piedad: en caso de necesitarse un préstamo, se entregan como garantía obras de arte, joyas y cualquier otro objeto de valor. Para recuperarlos, hay que devolver la cantidad prestada y los intereses.
La legislación prohíbe expresamente la pignoración de los fondos de pensiones.