La tarifa plana de los autónomos y sus ventajas

Una de las medidas impulsadas para reducir el paro ha sido el impulso del autoempleo. Para ello, en 2013 se aprobó el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor que, entre otras cuestiones, instituía la llamada tarifa plana para los nuevos autónomos.

Requisitos y características

Aunque en un principio se estableció para los nuevos autónomos menores de 30 años, hoy en día se ha abierto el abanico de personas que pueden acogerse a ella. Estos son los requisitos:

  • No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores (incluye, lógicamente, a los que se dan de alta por primera vez).
  • No ser administrador de una sociedad, autónomo colaborador, ni haber recibido alguna bonificación anterior en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (estos criterios han sido recogidos en una circular interna de la Tesorería de la Seguridad Social como impedimentos para poder acogerse a esta tarifa).

Si se cumplen estos requerimientos, se puede acceder a una bonificación en las cuotas que se deben abonar mensualmente a la Seguridad Social (actualmente, 264 euros de mínimo), de manera que:

  • Durante los primeros seis meses, se pagan 50 euros (o el 20%, si se escoge una base de cotización superior a la mínima, algo poco habitual en nuestro país).
  • En los meses del 7 al 12, se abona un 50% (es decir, unos 132 euros, por la base mínima).
  • En los meses del 13 al 18, se cuenta con una reducción del 30%, por lo cual corresponde pagar unos 185 euros.

Esto supone que el autónomo habrá cotizado en estos 18 meses unos 2.204 euros, en lugar de los 4.760 que le correspondería, lo cual supone un ahorro de 2.556 euros (142 euros al mes).

En el caso de los autónomos menores de 30 años, la bonificación del 30% se alarga hasta los 30 meses, lo que significa que este colectivo se ahorraría 3.508 euros en esos dos años y medio.

Este menor coste puede contribuir a que el inicio de la actividad sea más asequible, si bien algunos colectivos lo consideran todavía insuficiente, y más cuando, en comparación con otros países, ser autónomo en España sigue siendo demasiado caro. Aun siendo mejorable, aproximadamente 700.000 personas se han acogido a este sistema desde su inicio.

Las modificaciones realizadas en octubre de 2015 (Ley 31/2015) han retocado también otros aspectos, como son:

Capitalización del paro: ya no hay límite de edad para pedir el 100% de la prestación por desempleo para poner en marcha un negocio.

Autónomos y paro: es posible darse de alta en autónomos y compatibilizarlo durante nueve meses con el cobro de la prestación.

Segunda oportunidad: si un trabajador está cobrando el paro y se da de alta como autónomo, puede suspender el cobro durante 60 meses; es decir, durante ese período de tiempo, si le fuese mal, podría reanudar el cobro de la prestación por desempleo.