Como cada seis meses (en enero y julio), Iberdrola ha dado los detalles de su dividendo flexible. Los accionistas de Iberdrola deberán elegir cómo cobrarlo, para lo cual existen tres opciones que tendrán un impacto fiscal diferente.
En este post te explicamos cuales son estas tres opciones para que decidas cuál es la que más te conviene:
1) Recibir EFECTIVO (0,168 euros por acción)
Es la cantidad de dinero que Iberdrola nos pagará el jueves 1 de agosto si optamos por esta opción. Esta modalidad es la más parecida al cobro de dividendo “de toda la vida”.
Tienes hasta el jueves 23 de enero para decirle a tu banco que eliges esta opción dentro de las tres posibles.
De cara al IRPF se considera Renta del Ahorro y lleva consigo una retención del 19%, por lo que en nuestra cuenta veremos un neto de 0,136 € = 0,168 * (1-0,19) por acción.
Al ser considerado Renta del Ahorro el tipo impositivo que deberemos pagar en el IRPF correspondiente a 2020 será de:
Te aconsejamos que consultes con tu entidad si te cobran comisión por la gestión del cobro de efectivo. Algunas de ellas te cobran un porcentaje sobre el montante, con una comisión mínima. Ésta podría llegar a ser incluso superior al efectivo a recibir en sí, por lo que debes tener cuidado no vaya ser que salgas perdiendo dinero. Por ejemplo, en Self Bank no cobramos por esta gestión.
2) Recibir NUEVAS ACCIONES (1 por cada 54 antiguas)
Es la opción que debes elegir si crees que las acciones van a subir en Bolsa. Si optas por esta opción, recibirás las acciones el día 7 de febrero.
A nivel fiscal no lleva retención y no tiene consecuencias inmediatas. Tendrá implicaciones cuando vendas las acciones en el futuro, ya que Hacienda considerará que el precio de adquisición originario es menor, y por tanto la plusvalía será superior.
Lo vas a ver mejor con un ejemplo:
Imagínate que compraste hace tiempo 54 acciones a un precio de 10 € cada una; total 540 €. Como ahora me van a dar 1 acción por cada 54 antiguas, pasaré a tener 55 títulos. Cuando las vaya a vender en el futuro el precio de adquisición dejará de ser 10 € y será de 9,81 € (540€/ 55 títulos = 9,81 €).
Debes tener en cuenta que si el número de acciones que tienes no es múltiplo de 54 tendremos derechos sobrantes. Es preferible que le digas a tu banco que esos derechos se vendan a Iberdrola por los 0,168 € que ofrece la compañía, ya que si los derechos que te sobran los vendes en el mercado las comisiones de Bolsa podrían superar el valor de dichos derechos.
3) VENDER LOS DERECHOS en el mercado
Si elegimos esta modalidad recaudaremos dinero en efectivo pero no porque nos lo pague Iberdrola, sino por la venta de los derechos en el mercado, es decir, en Bolsa. Nos darán 1 derecho por cada acción que tuviéramos. La cantidad a ingresar es incierta ya que los derechos varían constantemente de precio, pero para que te hagas una idea el valor de partida es similar a los 0,168€ que Iberdrola se compromete a pagar a los accionistas que quieran el efectivo.
La fecha límite para venderlos en el mercado es el jueves 23 de enero. Debes recordar que al igual que sucede cuando vendes acciones, la venta de los derechos conlleva el pago de una serie de comisiones.
A nivel fiscal Hacienda aplica una retención del 19% sobre el importe total recibido por la venta de estos derechos.
Una vez analizadas las diversas opciones, cabe preguntarse por qué algunas empresas como Iberdrola, Repsol, Ferrovial o ACS nos dan la posibilidad de recibir acciones en vez de pagarnos directamente en efectivo. En este otro post tratamos de dar respuesta a esta cuestión.