Declaración de la Renta (II): El programa PADRE y cómo utilizarlo

Como ya adelantamos en el artículo “Renta Web, la nueva forma de presentar la Declaración de la Rentael programa Padre ha quedado limitado sólo para aquellas personas que tengan actividades económicas. Y, aunque en teoría lo pueden usar todos los que quieran, es absurdo utilizarlo no siendo necesario, dado que Renta Web es como el programa Padre, pero con la ventaja de que no necesita descarga y se puede acceder desde cualquier dispositivo. Además, debemos acostumbrarnos sin más remedio al nuevo sistema Renta Web, pues el próximo año el Programa Padre pasará a la historia, según dicen, y será la única forma de presentar la Renta.

Por tanto, si has tenido rendimientos de actividades económicas y has entrado a la página de Hacienda para obtener tu Borrador, te habrás llevado una desagradable sorpresa al ver que Hacienda sólo te ofrece los datos fiscales y no te facilita el cálculo de tu declaración.

La referencia

Pero no te preocupes, no es tan grave como parece. Hacer la Renta con el programa PADRE es muy fácil, ya que sólo necesitas la referencia que te han enviado por SMS. Y si no la tienes ¡solicítala ya! Sólo tienes que ir al portal de “Renta 2015” de la Agencia Tributaria y a través del Servicio RENO solicitarla introduciendo tu DNI, el importe de la casilla 490 de la declaración del año pasado y tu teléfono móvil y la obtendrás al instante.

Con esa referencia, aparte de tener acceso a todos los servicios disponibles de la Renta (cambio de domicilio fiscal, consulta de datos fiscales, etc.), podrás descargar los datos en el programa PADRE y presentar la declaración de forma telemática (por Internet) sin desplazamientos, desde tu casa, tanto si es a devolver como si es a pagar.

Los 4 pasos que debes seguir para hacer la declaración con el programa PADRE:

1º Revisa, comprueba y anota

Antes que nada, imprime los datos fiscales que tiene Hacienda y compruébalos bien con tus certificados. Mira si faltan ingresos y sobre todo haz una relación de todos los gastos que faltan (cuotas de sindicatos, deducciones autonómicas, etc.) y de los datos que debes introducir o modificar de forma manual para no omitir ninguno. Por ejemplo:

Si has vendido acciones, debes tener a mano los valores de adquisición de los títulos, ya que en la información de Hacienda sólo figuran las ventas pero no las compras.

Si has vendido algún inmueble, debes buscar la escritura de compra y los justificantes de todos los gastos que pagaste, tanto de la compra como de la venta, para poder deducirlos y obtener así una menor ganancia fiscal.

Si has alquilado algún inmueble podrás deducir: el IBI, el seguro, la comunidad, intereses del préstamo (si está financiado), reparaciones (siempre que estén acreditados con factura) y no te olvides de calcular y deducir la amortización del valor de la construcción (3% del valor catastral de la construcción o el de adquisición descontando el valor del terreno, el mayor de los dos) y si lo alquilas amueblado el 10% del coste del mobiliario.

Si tienes pérdidas o rendimientos negativos de tus preferentes u obligaciones subordinadas o de otros productos pendientes de compensar de años anteriores, incluye  los importes en el programa PADRE, ya que tienes cuatro años para compensarlos y recuperarlos con futuros beneficios.

– Si tienes actividades económicas: necesitarás tu relación de ingresos y gastos y declaraciones trimestrales.

2º Incorporación de datos al programa PADRE

Una vez que has realizado todas las comprobaciones y tienes todos los datos listos, descarga el programa PADRE, selecciona la opción “Nueva declaración” y a continuación “Incorporar datos fiscales y personales”. Para ello sólo tienes que introducir tu NIF y el primer apellido. A continuación selecciona la opción “Con referencia” e introduce la referencia de Hacienda. Si estás casado, debes añadir también los datos y la referencia de tu cónyuge para que el programa descargue los dos ficheros y os muestre el resultado de las declaraciones individuales y la conjunta para ver cual es más beneficiosa.

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El programa descargará todos los datos fiscales que tiene Hacienda ¡sin que te enteres! y los incorporará a sus casillas correspondientes y sólo se abrirá una ventana para que confirmes algunos aspectos. Por ejemplo, cuando pregunte si tienes algún inmueble arrendado, si le dices que “sí” podrás introducir desde esa ventana tanto los ingresos como los gastos. Y si además el inmueble es compartido al 50% con tu mujer y le confirmas que quieres trasladar esos mismos datos a su renta, ya tendrás cumplimentada esa parte de vuestra declaración.

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Una vez traspasados los datos, es muy importante fijarnos en los “datos no incorporados” que aparecen en la última ventana y comprobarlos con los que tenemos anotados para introducirlos manualmente.

3º Incorpora los datos omitidos y revisa los trasladados

Coge la relación de “datos no incorporados” y los datos que has recopilado en el punto 1º y busca en el programa PADRE el apartado donde debes introducirlos sin olvidar ninguno. Después, revisa los datos que te ha trasladado Hacienda “sin preguntar” y “sin enterarte” por si algún dato no es correcto. Por ejemplo, comprueba:

– Si el importe del préstamo hipotecario de tu vivienda y el porcentaje deducible es el correcto o debes modificarlo o añadir el seguro obligatorio.

Si has realizado aportaciones al plan de pensiones del cónyuge para deducírtelas tú, tendrás que cambiarlas de casilla, ya que suelen salir imputadas en la declaración del cónyuge. Por tanto, debes quitarlas de ahí para no duplicarlas y ponerlas en la casilla 407 del declarante para que no pierdas la deducción fiscal.

– Si Hacienda te ha incorporado la plaza de garaje que compraste con tu vivienda como un inmueble “a tu disposición”, debes eliminarlo de la “página 4” de la declaración e introducir la referencia catastral junto con la de tu vivienda habitual en la “página 1”, para que no impute rentas por ese inmueble. Ten en cuenta que la vivienda habitual y las plazas de garaje que se compran conjuntamente (hasta un máximo de dos) están exentas de tributación.

– Si eres mujer comprueba que te ha aplicado bien la deducción por maternidad.

– Si eres administrador de una empresa, comprueba que se hayan introducido las cotizaciones de la seguridad social del RETA y si no añádelas en los gastos del trabajo.

 Y por último no olvides revisar si tienes derecho a alguna de las nuevas deducciones de 100€ mensuales por familia numerosa, o por ser separada o viuda con dos hijos a tu cargo o por tener algún ascendiente o descendiente discapacitado, según explicamos en el artículo “Las principales novedades que deberías conocer para presentar la Renta 2015”.

4º Presenta la Renta

Una vez incorporados todos los datos, mira cual es la opción de tributación más favorable y selecciona la opción “presentar declaración”. Si todo es correcto te llevará a una ventana donde te dará la opción de presentarla “con referencia”, “con certificado o “con Clave Pin”. Introduce tu referencia y en caso de presentación conjunta introduce también la del cónyuge y tendrás tu Renta ¡presentada!