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CDO: obligaciones de deuda garantizada

cdo

Tenemos todavía reciente en la memoria la crisis de las subprime, también conocida como crisis de las hipotecas basura en Estados Unidos, cuyos efectos arrastraron a la economía global y desencadenó la crisis financiera de 2008. Sin perder de vista el concepto de agrupación o titulización de deuda, vamos a definir de la forma más sencilla posible los CDO: obligaciones de deuda garantizada.

CDO viene de Collateralized Debt Obligations, aunque en castellano se utiliza el término obligaciones de deuda garantizada. Y acorde con su denominación se pueden definir como títulos cuyo colateral (garantía) es deuda. Esa deuda puede ser de varios tipos:

Los CDO son derivados de crédito que sirven a los bancos para obtener liquidez, transformando sus activos a largo plazo (deuda). Esa transformación se realiza mediante titulización de deuda fuera del balance del banco. Para ello se utiliza una sociedad especial o SPE (Special-Purpose Entity) constituida con el objetivo de comprar y gestionar esos activos del banco (deuda) para luego venderlos a inversores en el mercado.

Seniority

Como hemos mencionado, esos activos colaterales pueden ser cualquier tipo de deuda y habitualmente son bonos, hipotecas o préstamos. En el caso de que la sociedad especial no pueda pagar a los inversores el interés pactado, los CDO quedan respaldados por su colateral —esos activos de deuda—. Por tanto, en función de qué tipo de deuda contengan, los CDO tendrán mejor o peor calidad crediticia.

A grandes rasgos, ha quedado claro que los CDO empaquetan deuda que los bancos pueden vender para obtener liquidez mediante una SPE. Y en función de la calidad crediticia (seniority) de la deuda que contienen, los CDO se clasifican en varios tramos o tranches (de mayor a menor calidad): senior, mezzanine y subordinada.

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