Dumping nos suena a competencia desleal, a precios bajos y a mercado internacional. Pero veamos con detalle en qué consiste para que la próxima vez que nos encontremos este término conozcamos a la perfección su significado.
¿Qué es el dumping?
Fuera del contexto económico, to dump significa arrojar o descargar. La primera vez que se usó el verbo dump como una acción dentro del comercio internacional fue en el Commerce and Financial Chronicle de 1868.
Dumping es la discriminación de precios de un bien para aumentar la exportación a un país, de modo que:
- El precio de venta del producto en el país importador es más bajo que en el país exportador (se vende más barato en el destino que en el origen).
- Dicho precio puede ser tan bajo que incluso sea inferior al coste de producción.
¿Y para qué exporta una empresa a un precio más bajo del que vende en su país?
El fin de dicha práctica es conquistar o recuperar el mercado del país al que se exporta, eliminando la competencia con precios imposibles de batir con la producción de ese país. Puede tener varios objetivos:
- Meramente comerciales: entrar en el país o recuperar las ventas y monopolizar el mercado de ese producto.
- Monetarios: si se necesitan divisas de ese país para la actividad de la empresa.
- Políticos, como parte de las relaciones internacionales entre el país de origen y el de destino de las mercancías.
¿Y no supondría pérdidas esa exportación?
- Puede que sí al principio, pero una vez conquistado o recuperado el mercado y destruida la competencia, la empresa exportadora podrá subir los precios y recuperar las pérdidas.
- Desde un punto de vista global, puede que las pérdidas iniciales de la exportación al país A, las recupere con una subida del precio en los mercados B, C, D… o incluso en el país de origen.
- Puede que la empresa compense esas pérdidas iniciales con fondos recibidos de subvenciones estatales a la exportación.
Regulaciones antidumping
Como cabe esperar, esta práctica está regulada por la Unión Europea y por la Organización Mundial del Comercio para proteger a los mercados internos. Los reglamentos de la Unión Europea parten del artículo sexto del GATT de 1994 (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio).
En España y en toda la Unión Europea, ante un posible caso de dumping, las empresas afectadas solicitan la investigación del caso a la Comisión Europea.