El fin de las restricciones de la pandemia de coronavirus ha coincidido con una crisis de abastecimiento global y con una inflación que no se registraba desde la década de 1990. La electricidad es una de las partidas que más se ha encarecido en los últimos tiempos y los derechos de emisión o vales para emitir CO2 son responsables de buena parte de la subida de precios.
Descarbonización para 2050
De sobra conocemos los planes para descarbonizar Europa a largo plazo, con 2050 como horizonte sin emisiones de dióxido de carbono. Cuando los expertos han alertado que la supervivencia del planeta tal y como lo conocemos está en peligro, las empresas han iniciado su transformación hacia un nuevo modelo productivo donde no solo se trata de generar beneficios, sino de hacerlo con el menor impacto ambiental posible.
CO2, el gran villano del clima
El dióxido de carbono (CO2) es el principal responsable del efecto invernadero, pero ¿por qué el principal residuo del transporte y buena parte de la industria es tan dañino para el medioambiente?
El problema viene por la radiación solar y la dificultad del planeta para mantener la temperatura adecuada con una atmósfera cargada de GEI o gases de efecto invernadero (dióxido de carbono, metano y óxido nitroso). Desde antes de la industrialización (1750) hasta nuestros días se ha pasado de 280 ppm de CO2 (partes por millón) a superar las 400.
A diferencia de los gases naturalmente presentes en el aire (como oxígeno o nitrógeno) los GEI dificultan la salida de la radiación solar hacia fuera de la atmósfera. Esto significa que más GEI supone menos capacidad de la atmósfera para liberar radiación solar y conlleva un aumento de la temperatura. Precisamente, esta es la principal preocupación del Acuerdo de París: reducir las emisiones para que el calentamiento global sea inferior a 2 grados centígrados comparado con los registros de temperaturas preindustriales.
Derechos de emisión: permisos para contaminar que se pueden comprar y vender
Un derecho de emisión es un permiso concedido para emitir a la atmósfera una tonelada de GEI. Se trata de un mecanismo regulado por la Unión Europea en el Régimen del Comercio de Derechos de Emisión para crear un mercado artificial basado en un número limitado de derechos y en la capacidad de comerciar con ellos —limitación y comercio son sus claves—.
El sistema parte de la autorización a ciertas compañías para emitir un número máximo de toneladas de gases de efecto invernadero cada año (asignación gratuita). En total afecta a más de 11.000 instalaciones que abarcan el 45% de las emisiones de la Unión.
Una parte de los derechos de cada instalación puede venderse a otra que los pueda necesitar —son transferibles—. La limitación del número de derechos disponibles (que se reduce cada año) pretende que se busquen métodos alternativos que generen menos GEI, porque el precio que se pagará por los derechos necesarios para seguir emitiéndolos será cada vez más elevado.
La directiva comunitaria 2003/87/CE entró en vigor el 1 de enero de 2005 y fue transpuesta a la legislación española con la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Bajo este marco normativo español se ven afectadas empresas de un total de 29 áreas productivas por su emisión de dióxido de carbono y óxido nitroso. Entre otras, empresas eléctricas, refinerías, siderúrgicas, cementeras, cerámicas, vidrieras, químicas y de aviación.
Hay que señalar que anualmente las empresas de dichos sectores deben entregar derechos suficientes para cubrir sus emisiones del período; de no hacerse, se exponen a sanciones severas. Por otra parte, si les sobrasen derechos, estos pueden guardarse para más adelante o venderse a otras empresas que los necesiten.
Evolución del precio de los derechos de emisión
La negociación se lleva a cabo en los mercados de unidades de carbono de la Unión Europea (EU-ETS o EU Emissions Trading System) que negocian EUA o derechos de emisión de la UE (EU Allowances). Los EUA son considerados instrumentos financieros bajo la normativa de la UE (MiFID II y MiFIR) y, por tanto, pueden ser negociados en mercados oficiales (EEX o ICE) o directamente entre compañías.
De esta manera, no solo las propias instalaciones acuden a comprar y vender EUA, también lo hacen inversores en busca de rentabilidad aprovechando sus cambios de valoración, como ocurre con cualquier otro producto de inversión.
Derechos más caros, luz más cara
Las empresas generadoras de electricidad acuden a este tipo de subastas. En ellas se pagaba unos 20 euros por tonelada a principios de 2020; en 2021, su precio superó los 30 euros y desde entonces se ha triplicado hasta rondar los 90 euros por tonelada de CO2. La producción térmica de electricidad, es decir, mediante gas o carbón, se ve afectada por esta subida, que finalmente repercute en el precio del kWh que pagamos todos en la factura de la luz.
Como hemos visto, a la participación en la negociación de agentes que buscan derechos necesarios para su actividad productiva se unen las pujas de empresas que buscan rentabilidad a su excedente de derechos y las de agentes especuladores externos. El objetivo de este mercado es que sus precios, cada vez más altos, guíen al sistema productivo comunitario hacia una completa descarbonización.