¿Qué comisiones tienen los fondos de inversión y cómo se aplican?

Algunos inversores tienen dudas sobre las comisiones que soporta al comprar un fondo de inversión. Otros, en cambio, no saben que en este producto hay comisiones (ya que no se reflejan en su cuenta), mientras que también están los alumnos aventajados para los que los fondos no tienen secretos para ellos.

¿Cuál es tu caso? Sea cual sea,  desde Self Bank queremos aportar nuestro granito de arena y ayudarte a entender quién es quién y cómo nos afectan estas comisiones.

Lo primero que debemos saber es que algunas comisiones son OBLIGATORIAS y otras son OPTATIVAS, es decir, no siempre se aplican todas las comisiones que vienen reflejadas tanto en el DFI (Datos fundamentales para el Inversor) como en el folleto del fondo.

Además, las comisiones tienen fijados unos límites máximos de aplicación, por lo que será la gestora quién decida finalmente que coste establece por cada uno de los conceptos (pudiendo coincidir con el máximo o situarse por debajo).

  1. Comisión de gestión: es la más importante, pues es la que normalmente supone un mayor coste para los fondos. La comisión de gestión, de carácter obligatorio, es la que nos cobra la gestora por poner nuestro dinero a trabajar. Con ella estaríamos pagando el trabajo de los equipos de análisis y gestión asociados a nuestro fondo.
    Esta comisión se detrae diariamente del valor liquidativo de los fondos, por lo que el inversor no tiene que pagar de forma explícita por este concepto.
  1. Comisión de custodia o depositaría: en los fondos de inversión es un requisito legal y por lo tanto de obligado cumplimiento, que el dinero de los partícipes se deposite en una entidad ajena a la propia gestora de los fondos. La entidad custodia cobra un coste por tener ese capital depositado a la gestora y ésta traspasa ese coste a los inversores.
  1. Comisión de suscripción: es la comisión que algunas gestoras cobran a los partícipes por suscribir participaciones del fondo. Esta comisión no siempre se cobra, es decir, es de carácter optativo. Suele cobrarse en fondos garantizados que se quieren comprar fuera de las ventanas de entrada establecidas por la gestora, y también en aquellos fondos que han llegado a un límite de capacidad (con el objetivo de disuadir a nuevos compradores).
  1. Comisión de reembolso: es, al igual que la anterior, una comisión de carácter optativo. En este caso, la gestora, puede decidir si cobra o no en este concepto. La explicación sería la misma que la de la comisión de suscripción pero con la salida. Cuando un inversor, o muchos, deciden salir de un fondo de inversión el gestor tiene que “deshacer posiciones” para evitar que la composición de la cartera se vea afectada; esos costes se “trasladan” al inversor saliente para evitar el perjuicio de los que se quedan siendo partícipes.
  1. Comisión de éxito: es una comisión optativa, que la gestora puede estipular para remunerar al gestor del fondo. En este caso, es como si el gestor tuviera una parte de su sueldo en fijo y otra parte en variable. La parte variable la recibiría siempre y cuando consiguiera que su consiguiera unos objetivos;  por ejemplo, pueden estipular que se cobrará la comisión siempre y cuando el fondo lo haga mejor que el índice de referencia, o siempre que se encuentre en el primer cuartil de su categoría… Una práctica extendida en relación a la  comisión de éxito es que se suelen ser fijar unas “marcas de agua” (en inglés HighWater Mark, HWM), de tal manera que el gestor podrá verse beneficiado si en su desempeño lo hace mejor que la vez pasada… sería como conseguir un nuevo récord cada año. Si se queda igual o por debajo, no se beneficia de esta comisión.

Te dejamos un cuadro resumen con las principales comisiones y sus características más destacadas:

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