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No más dudas con los planes de pensiones: todos los conceptos que hay que saber

Hace ya varios años que abriste tu plan de pensiones o quizá te estás planteando empezar el tuyo próximamente. En ambas situaciones, aunque el concepto parece fácil, detrás hay consideraciones que conviene tener muy claras en la configuración de tu mejor inversión para la jubilación.

Planes de pensiones: definición clásica y sencilla.

Para comenzar el artículo, dos definiciones: una clásica y otra mucho más sencilla.

Un plan de pensiones es un producto de ahorro a largo plazo, en el que se realizan aportaciones periódicas o puntuales con el fin de disponer de mayores recursos económicos tras la jubilación. Los fondos son invertidos por la entidad gestora del plan, siguiendo la política de inversión que firmó el titular según su perfil de riesgo.

Después de la jubilación, el titular recibirá la cantidad depositada, teniendo en cuenta que este capital puede haber aumentado o disminuido, en función de factores como el tipo de activos en los que se ha invertido, las circunstancias de mercado o el buen hacer del equipo gestor; esta cantidad podemos obtenerla en forma de capital, rentas o renta vitalicia, descontando la correspondiente retención. Los ingresos del plan de pensiones tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo.

Definición sencilla de planes de pensiones:

Consiste en guardar una parte de tus ingresos de cada año en un fondo para que vayan creciendo, de modo que cuando te jubiles los puedas disfrutar como complemento a tu pensión. Te comprometes a no tocar esas aportaciones hasta la jubilación o, al menos, hasta pasados 10 años, con lo que dejas margen a la entidad gestora para que lo invierta y saque beneficio. Tú eliges cuánto riesgo estás dispuesto a asumir en busca de rentabilidad. Aunque haya desgravaciones fiscales cada año que aportas al plan, cuando lo recuperes, esos ingresos se consideran rentas de trabajo y van a tu declaración del IRPF.

¿Te ha quedado claro? Puede ser, pero a la hora de la verdad, antes de contratar un plan de pensiones aparecen dudas que conviene resolver para que las decisiones que tomes sobre tu ahorro sean la más acertadas.

Aportaciones a un plan de pensiones.

PENSIONES

Al contratar un plan de pensiones eliges cómo quieres realizar aportaciones, es decir, cuánto y con qué frecuencia quieres poner dinero en el plan. Puede ser de forma periódica o puntual.

Aportaciones periódicas.

Cada mes, o cada trimestre, una pequeña cantidad de tu cuenta se pasa al plan de pensiones. Así es más fácil alcanzar el total anual que te hayas propuesto. Por ejemplo, si pretendes llegar a 3.000 euros al año, 250 euros cada mes es un objetivo a corto plazo más asumible. Y tienes la posibilidad de suspender las próximas aportaciones, en caso de que tu economía esté más ajustada algún mes.

Aportaciones puntuales.

La otra opción consiste en meter en el plan cuando tengas una determinada cantidad disponible. Es otra forma de verlo: guardar una parte de tus ingresos y cada cierto tiempo aportarlos al plan. Así tienes la libertad de administrar tus cuentas a lo largo del año y mandar al plan la parte de tus ahorros que estimes conveniente. Si esta es tu forma de aportar, hay dos épocas del año donde seguro que vas a acordarte del plan: al hacer tu declaración del IRPF (y ver que podías haberte desgravado más el año anterior) y a final de año (fecha límite para aportar y que reste al IRPF de ese ejercicio).

Aportaciones máximas.

Existe un límite máximo establecido por ley: 8.000 euros anuales, hasta 2.500€ al plan del cónyuge, siempre que este no tenga unos ingresos superiores a 80.000€ anuales, y 24.250 euros en caso de minusvalía, pudiendo realizarlas tanto el titular del plan como su familia directa. En caso de ser los familiares directos quienes realicen las aportaciones, el máximo será de 10.000€.

Desgravación fiscal hoy, renta del trabajo mañana.

Para promover el ahorro de los españoles, los planes de pensiones premian al contribuyente con una importante reducción en su IRPF. Concretamente, resta de la base imponible la menor de dos cifras: las aportaciones que hayas realizado a planes de pensiones (como máximo 8.000 euros) o el 30% de la suma de tus rendimientos por trabajo y actividades económicas.

Pero ojo, porque hay que ser plenamente consciente de que cuando llega la jubilación (o el rescate del plan), será cuando tributen los ingresos procedentes del plan (y sus beneficios) con la consideración de rendimientos del trabajo y, por tanto, se les aplicará la escala de gravamen general. No quiere decir que la desgravación fiscal no sea tal, sino que hay que saber coordinar las aportaciones durante la vida laboral con la forma de cobrar el plan, para así controlar la repercusión del IRPF (lo vemos a continuación).

Cómo se cobra el plan de pensiones.

Tras la jubilación puedes rescatar el plan y empezar a cobrar tu plan de pensiones privado de varias formas, no sin antes sentarte tranquilamente a estudiar sus implicaciones fiscales. Cobrarlo todo junto supone pagar impuestos una sola vez, pero probablemente llegarás al escalón más alto de la escala general del IRPF. Si decides cobrarlo en forma de rentas mensuales, podrías ajustarlas para alcanzar un nivel de ingresos que te permita una vida cómoda y que, junto con tu pensión pública y si tienes algún alquiler, la suma de tu base imponible general no salte al siguiente tramo de la escala.

  • Rescate en capital: todo de una vez, mayor impacto fiscal. Mayor libertad para reinvertir y administrar tu dinero tras la jubilación.
  • Rescate en renta temporal: permite controlar el impacto del IRPF y consiste en recibir una cantidad periódica, determinada por el beneficiario, hasta agotar los derechos acumulados del plan.
  • Rescate en renta vitalicia: este tipo de rentas suelen instrumentalizarse a través de un seguro de rentas vitalicias, la cantidad a percibir dependerá de la aportación inicial y de la edad del partícipe y deberá ser cotizada por la compañía de seguros.Rescate mixto, una combinación de las dos primeras: una parte la rescatas de una vez y el resto en forma de renta.

Cuándo se rescata el plan de pensiones.

Un plan de pensiones es un producto a largo plazo, creado para complementar la pensión tras la jubilación. Por lo que esta marcará el momento en que puede ser rescatado. Aunque existen situaciones extraordinarias que permiten el rescate anticipado: invalidez, enfermedad grave, dependencia, fallecimiento, desahucio o desempleo de larga duración.

Además, la reforma fiscal de 2015 incluyó el rescate sin que acontezca ninguna de las circunstancias anteriores. Únicamente que el plan haya cumplido 10 años contados desde el 1 de enero de 2015, por lo que los primeros planes en ser rescatados sin justificar en diez años tendrán lugar en enero de 2025.

Entidad gestora, comercializadora y depositaria. Y las comisiones.

Te han ofrecido planes de pensiones en casi todos los bancos. Pero ¿alguna vez te has planteado qué entidades hay detrás? El banco no es más que una entidad comercializadora. Entidad gestora es la que decide cómo invertir el dinero de todos los partícipes del plan para que rinda y se ajuste a la rentabilidad solicitada con un nivel establecido de riesgo. La entidad depositaria es la que custodia los activos financieros del plan.

Ahora que mencionamos la entidad depositaria y la gestora, hay que recordar que por su trabajo cobran una comisión que está regulada por Ley. El máximo de la depositaria es del 0,20% y sumándole la de la gestora no pueden superar:

  • 0,85% en planes de renta fija.
  • 1,30% en planes de renta mixta.
  • 1,50% en planes de renta variable.

Ten claro desde el primer momento cuál es la comisión, porque va a repercutir directamente en tu plan.

¿Dónde se invierte mi dinero?

A lo largo de la vida del plan, el capital que vas aportando va variando en función de las inversiones que realiza la entidad gestora. Por otra parte, a lo largo de los años, tu perfil de riesgo puede variar: aquella combinación de renta fija y variable que creías acertada hace diez años, hoy te parece demasiado arriesgada. De hecho, suele ocurrir que con el paso de los años el perfil del inversor se vuelve más conservador. De forma resumida, tu capital se invierte en activos de renta fija, renta variable y renta mixta.

Como se trata de elegir un plan que te dé tranquilidad para tus ahorros, elige el que mejor se adapte a tu perfil de riesgo y, si más adelante cambias de opinión, puedes actualizarlo, traspasarlo a otro fondo, o diversificar y abrir otro nuevo. Y por supuesto, también puedes cambiar de comercializadora.

Los bancos buscan ahorradores a quienes ofrecer el mejor plan de pensiones, que (¡vaya casualidad!) es el mismo que ofrece una gestora propia del banco, o una vinculada al mismo. Sin embargo, Self Bank es independiente y no te ofrece un plan concreto. Tú eliges el que más te conviene.