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No olvides tu declaración de la renta si aún no la has presentado: ¿tienes que hacerla? ¿Cuánto tiempo te queda?

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El segundo trimestre del año es el de la declaración de la renta. De abril a junio: el calendario del IRPF empieza en primavera y nos lleva directos al verano. En la declaración cada contribuyente es diferente, hay quien confirma el borrador el primer día esperando una pronta devolución, los que tienen dudas y van dejando pasar los días, los que apuran el plazo al máximo y hasta los que no tienen claro si la deben presentar o no. Repasemos el calendario de la campaña de la renta y quién tiene obligación de declarar.

Requisitos para la declaración de la renta en 2016: quién tiene que presentarla

Antes de nada, terminemos de una vez con las dudas sobre si hay que presentar la declaración o no.

La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 35/2006 de 28 de noviembre), determina que todas las personas físicas que tengan su residencia habitual en España son contribuyentes del IRPF. Pero avanzando en la lectura de la densa legislación del impuesto, llegamos al artículo 96, que establece la obligación (o no) de declarar.

o   El importe total recibido fue de 22.000 euros o inferior procedente de un solo pagador (por ejemplo, si solo trabajaste para una empresa) o si son pensiones o prestaciones pasivas consideradas rendimientos del trabajo por la Ley del IRPF (artículo 17.2.a) con su correspondiente retención.

o   El importe total recibido fue de 12.000 euros o inferior si:

o   Rentas inmobiliarias imputadas.

o   Rendimientos por letras del tesoro.

o   Subvenciones para comprar VPO.

o   Rendimientos del trabajo.

o   Rendimientos del capital mobiliario.

o   Rendimientos del capital inmobiliario.

o   Rendimientos de actividades económicas.

o   Ganancias patrimoniales.

A modo de resumen, de forma muy aproximada, piensa que si tienes ingresos considerables que proceden de varias fuentes, entonces vas a tener que presentar la declaración de la renta.

Para saber si te corresponde alguna devolución, basta con solicitar el borrador a la Agencia Tributaria y comprobar si el resultado de la declaración te saldría a devolver.

Calendario fiscal: plazos para presentar la declaración de la renta

Y a los que nos toca hacer la declaración, ¡a ponerse ya las pilas!, que el calendario está bien avanzado. Que no te frene la novedad de Renta Web, pues no es más que el borrador de toda la vida y el Programa Padre integrados en el navegador de Internet.

A modo de esquema, para que no se te pasen las fechas, aquí llevas desglosado el calendario de la campaña de Renta 2016:

 

 

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