Seguro que esta situación te resulta familiar: acabas de firmar un servicio en unas condiciones extraordinarias y te sientes tan orgulloso de ello que inmediatamente se lo comentas a todos tus amigos. No has acabado de explicar por completo las condiciones que uno de ellos te asalta con la clásica pregunta: “ya, ya…pero ¿tú te has leído la letra pequeña?”.
En general, se entiende por “la letra pequeña” de cualquier contrato toda aquella información que presumiblemente podría condicionar o disminuir las extraordinarias ventajas y beneficios del contrato que estás firmando.
Es cierto que algunos pueden utilizarla para introducir esas condiciones que no van a cumplir el 80% de personas y que hacen que la promoción en cuestión sea tan extraordinaria, pero la letra pequeña no es por norma general tan negativa como la cultura popular pueda hacer creer.
¿Qué acostumbra a incluir la letra pequeña?
La letra pequeña de cualquier contrato suele incluir cláusulas y condiciones que deben ser tenidas en cuenta a la hora de firmar, ya que pueden ser determinantes, especialmente en el futuro.
Por ejemplo, pueden aparecer, en lo que se considera letra pequeña de los contratos, condiciones relativas a la baja de un servicio concreto, solicitando exigencias temporales de preaviso de la baja o una permanencia determinada, o bien comisiones asociadas a la baja, etc.
Es realmente aconsejable leer todas las condiciones que contiene un contrato, lo que popularmente se conoce como “leer la letra pequeña”, pero de todos modos, uno debe ser consciente de que cuando estamos firmando un contrato las leyes de la Unión Europea nos protegen contra cualquier cláusula abusiva que este pueda contener.
Es decir, que el uso abusivo de la letra pequeña está especialmente regulado por leyes específicas. De hecho, ya desde 2014 está en vigor en España la “Ley General para la Defensa de los Consumidores”, en la que ya ni tan siquiera se permite usar literalmente letra pequeña para esconder esas cláusulas que no interesa tanto que sean leídas, pues la propia Ley no permite usar tamaños de letra inferiores a 1,5 milímetros.