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Diferencias entre sede social y fiscal

El término sede social se ha puesto de moda en las últimas semanas debido a la situación que atraviesa Cataluña, que ha hecho que muchas empresas hayan tomado la decisión de trasladar su sede social a otras regiones, principalmente Madrid y Valencia, para salvaguardar sus intereses ante el clima de incertidumbre que se vive allí.

Pero cuestiones políticas aparte, este cambio de domicilio social tiene implicaciones para la empresa. Y en estas consecuencias muchos hablan de la política fiscal, pues a menudo (muy a menudo) se confunde la sede social con la fiscal. Por ello, para evitar más errores, vamos a ver qué es cada una y en qué se diferencian.

Sede social vs sede fiscal

Para comenzar, diremos que lo habitual es que una empresa tenga ambas sedes en la misma ciudad o lugar, si bien puede ocurrir que no sea así por cuestiones políticas o económicas, como hemos visto últimamente. De hecho, para la Ley Tributaria la sede fiscal se corresponderá con la social a no ser que en ese lugar no resida la gestión efectiva y la dirección de la empresa.

La sede social es donde se inscribe la empresa una vez se da de alta en el Registro Mercantil, y efectivamente en ella debe residir la gestión de la compañía. Además, este ‘domicilio’ es público. Algo diferente al fiscal, que solo debe notificarse a la Agencia Tributaria (hemos visto muchas revelaciones en estos años de empresas que tienen el domicilio fiscal en paraísos fiscales).

La sede fiscal es en la que se rinden cuentas con Hacienda. Es decir, la sede fiscal marca los impuestos y tributos que debe pagar la compañía de acuerdo con la legislación vigente en ese lugar. Por lo tanto, podemos establecer que la sede social es el ‘domicilio’ de la empresa, el lugar principal de desarrollo de la actividad y de toma de decisiones. Por su parte, el fiscal es el lugar en el que paga sus impuestos y se comunica con Hacienda.

Lo normal, como hemos comentado ya, es que ambos domicilios coincidan, por pura coherencia y comodidad. Pero muchas veces no sucede así, ya que el domicilio fiscal se establece por otra serie de intereses, como las diferentes posibilidades y ventajas de tributación que da la legislación.

Además, la sede fiscal es el lugar por el que la Agencia Tributaria se comunica con la empresa, pues ahí llegan todas las notificaciones o requerimientos de Hacienda, de ahí la importancia de que al fisco le quede clara y bien constatada, para que no haya problemas a posteriori.

Por lo tanto, vemos cómo aunque ambos domicilios pueden ser el mismo, no siempre tiene porqué suceder así. De hecho, en los casos que han ocurrido en Cataluña, la mayoría de empresas ha trasladado la sede social únicamente, o al menos así han declarado públicamente. Por lo tanto, ambas sedes no son la misma cosa, aunque a priori lo parezcan.

 

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