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Deducción y reducción fiscal: ahorrando impuestos

Supongo que ya todos debéis ser conscientes de que estamos en plena campaña de declaración de la renta, por lo que hemos considerado oportuno aclarar dos términos que a menudo se confunden cuando se trata de conceptualizar la idea de pagar menos impuestos por determinados beneficios fiscales: las deducciones y las reducciones.

 

Como característica común, tanto las reducciones como las deducciones fiscales tienen como resultado final aumentar la cantidad que nos devuelven del IRPF o bien reducir el importe a pagar, en función de si el resultado es a pagar o a devolver. Es decir, en ambos casos estaremos beneficiándonos económicamente de su aplicación en nuestra declaración de la renta.

Las reducciones fiscales

Las reducciones fiscales tienen una afectación directa en la base imponible sobre la que se calcula la cuota resultante de IRPF. Como norma general, las reducciones se relacionan con gastos asociados a la obtención de ingresos: cuotas a colegios profesionales, aportación a mutualidades de previsión social, etc.

Un claro ejemplo de cómo funcionan las reducciones a la hora de calcular el IRPF lo tenemos en el concepto conocido como “mínimo personal y familiar”, que resta de la base imponible un importe considerado como el mínimo imprescindible para cubrir necesidades básicas en función de las circunstancias de cada contribuyente. La aplicación de este concepto implica que de la base imponible siempre se descuenten un mínimo de 5.550 euros antes de proceder a la aplicación del tipo impositivo que dará la cuota a pagar.

Las deducciones fiscales

Una vez aplicados los porcentajes correspondientes a la base imponible (restadas todas las reducciones), sabremos la cifra que se conoce como cuota íntegra, que es la que nos tocaría pagar (o recibir) si no fuera por la existencia de otro tipo de beneficios fiscales, conocidos como deducciones fiscales.

A diferencia de las reducciones, las deducciones fiscales suelen responder a una voluntad política en el fomento de determinados aspectos, como puede ser la maternidad, la rehabilitación de las viviendas habituales, el mecenazgo, etc.

Los importes de las deducciones fiscales se restan directamente de la cuota íntegra a pagar, teniendo una afectación directa en el importe que recibiremos o pagaremos finalmente. Es decir, si nuestra cuota sin deducciones se eleva a un pago de 1.500 euros, y aplicamos una deducción fiscal de 2.000 euros por rehabilitación de la vivienda habitual, al final nuestra declaración de la renta resultará en una devolución a nuestro favor de 500 euros.

Existen deducciones a nivel estatal y a nivel autonómico, y es importante saber a cuáles podemos optar y sus condiciones particulares (límites, requisitos, etc). Si nos aplicamos una deducción erróneamente, nos veremos obligados a devolver el importe con sus intereses correspondientes.

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