El próximo 16 de enero de 2021 entrará en vigor en España un nuevo impuesto sobre transacciones financieras que gravará la compra de acciones de compañías cotizadas. No todas las compras de acciones están sujetas al nuevo gravamen. A continuación, te explicamos en qué consiste, qué operaciones están sujetas al impuesto y cuáles no.
¿Qué grava este impuesto?
El Impuesto sobre Transacciones financieras (en ocasiones conocido como “Tasa Tobin”) gravará con un 0,2% la compra (por tanto, no es aplicable a las ventas) a título oneroso de acciones cotizadas de compañías españolas, cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Que la sociedad tenga acciones admitidas a negociación, ya sea en un mercado español, un mercado regulado de otro país miembro de la UE o en un mercado equivalente de un Estado no miembro de la UE.
- Que el valor de capitalización bursátil de la sociedad sea superior a 1.000 millones € a 1 de diciembre del año anterior.
- Quedan sujetas tanto las operaciones ejecutadas en las bolsas como fuera de ellas (como acuerdos directos entre las partes).
El impuesto también grava las adquisiciones de certificados de depósito (como los ADR de empresas españolas cotizados en Estados Unidos), así como las que deriven de la ejecución de bonos convertibles, instrumentos derivados o cualquier otro instrumento financiero.
¿Qué exenciones existen?
La mayoría de las exenciones no afectan a los inversores particulares, sino que están enfocadas a no interferir en el correcto funcionamiento de los mercados y determinadas operaciones. Están exentas las siguientes operaciones:
- Las operaciones propias del mercado primario (emisión de nuevas acciones, OPVs)
- Las operaciones necesarias para el correcto funcionamiento de mercados (por ejemplo, las realizadas por proveedores de liquidez en el ejercicio de sus funciones)
- Adquisiciones entre sociedades que formen parte del mismo grupo
- Operaciones derivadas de reestructuración empresarial
- Las derivadas de determinadas resoluciones por parte de las autoridades competentes
- Las adquisiciones derivadas de la cesión temporal
Tipo impositivo, base imponible y contribuyente
El impuesto gravará con un 0,2% las adquisiciones de acciones en los supuestos anteriormente descritos, recayendo en el comprador de los valores el gravamen.
En cuanto a la base imponible (cuantía sobre la que se aplica el tipo impositivo), es el importe pagado por los títulos. No obstante, las operaciones intradía tienen una regla especial para el cálculo de la base imponible, de la siguiente forma:
(nº valores adquiridos – nº valores transmitidos) x (importe total de las contraprestaciones/nº valores adquirido)
Esto significa que, en la práctica, si el inversor vende antes del cierre del mercado todos los títulos que haya comprado durante el día, no pagará el impuesto.
¿Qué alternativas existen?
En muchos casos, este nuevo impuesto supone un coste superior a la comisión que cobra el bróker y a los cánones del mercado. Este incremento del coste hace que algunos inversores se planteen alternativas de inversión que no lleven asociado el impuesto.
Existen países donde no se cobra el Impuesto a las Transacciones Financieras, muchos de ellos con mercados de valores donde cotizan gran cantidad de compañías, por lo que el abanico de opciones para invertir sin asumir este gravamen sigue siendo muy amplio. Entre otros países tendríamos EE.UU. (siendo sus principales mercados NYSE y NASDAQ) o Alemania (mercado XETRA).
Es importante destacar que, como se señalaba anteriormente, la compra de acciones o certificados de depósito de empresas españolas en estos mercados sí conlleva el pago del impuesto.
Otras empresas cotizadas cuyas compras no estarán sujetas al impuesto son aquellas cuya capitalización bursátil no supere los 1.000 millones €, por lo que aquellos inversores que operan con estos valores no verán incrementado el coste de su operativa.
Por último, cabe destacar que las compañías extranjeras que cotizan en España tampoco están sujetas a este gravamen, por lo que la compra de estas acciones, aunque lo hagamos en la bolsa española, no acarreará costes adicionales para el inversor.