Lo que son ahora las transferencias bancarias.

Desde hace algunos años, todos nos hemos acostumbrado a que, para realizar una transferencia bancaria, ya no nos exijan solo el CCC (Código Cuenta Cliente) sino también nuestro código IBAN. Pero ¿sabemos realmente por qué?

La aparición de una nueva identificación de la cuenta bancaria a través del IBAN – compuesto por nuestro CCC actual precedido por el código país y un digito de control – remonta a la entrada en vigor en febrero de 2014 de la llamada Zona SEPA (Single Euro Payment Area = Zona Única de Pagos en Euros). En ella participan los 28 miembros de la UE más Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega y Suiza, y da cabida a que todas las transferencias entre cuentas de estos países tengan las mismas condiciones, obligaciones y los mismos derechos. Esto quiere decir que desde que se creó SEPA, una transferencia entre una cuenta de París y otra de Madrid o entre una de Berlín y otra de Lausana es igual de fácil y rápida que una entre una cuenta de Madrid y otra de Bilbao. De ahí que la identificación de la cuenta bancaria tenga que proporcionar también información del código país y de ahí también que la distinción entre transferencias nacionales e transferencias internacionales se haya quedado obsoleta para dejar paso a una nueva división entre transferencias SEPA y transferencias no SEPA.

Para aplicar SEPA en España, la instrucción SNCE (SISTEMA NACIONAL DE COMPENSACIÓN ELECTRÓNICA)/CE/13/005 publicada por iberpay (Sociedad Española de Sistemas de pago) dice lo siguiente:

 

  • “Todas las entidades participantes en el subsistema SNCE 13 deberán estar preparadas, al menos como entidades beneficiarias, para poder procesar las transferencias que reciban del resto de entidades que serán liquidadas en el mismo día de su presentación”. Esto significa que todos los bancos españoles tienen la obligación de abonar la transferencia en la cuenta del cliente el mismo día en el que le llega.

 

  • “Las transferencias SEPA deberán ser presentadas en su horario previsto de intercambio, es decir, entre las 8:00 y las 15:00 horas, para que puedan ser liquidadas en el mismo día.” Esto significa que todos los bancos españoles deberían poder ofrecer la modalidad de transferencia SEPA en el mismo día, estableciendo una hora de corte previa a la hora de corte del SNCE (las 15H00) para que dé tiempo a presentarlas.

 

En la actualidad, son algunas las entidades que proponen esta modalidad de transferencia en el mismo día, pero la mayoría cobran por este servicio. En Self Bank, si el cliente realiza su transferencia SEPA antes de las 13H00, llegará a la entidad destino el mismo día, sin ningún coste. Las transferencias que se hacen después de las 13H00 se abonan al día siguiente.

Dejando de lado a las transferencias SEPA, hablemos ahora de las transferencias NO SEPA, que son las que engloban a las transferencias a países no SEPA – conocidas también como transferencias SWIFT – y a las transferencias Urgentes – conocidas también como OMF (orden de Movimiento de Fondos) o transferencias vía Banco de España. En realidad, ambas – tanto las SWIFT como las Urgentes – pasan por el Banco de España. No viajan por el SNCE sino por el TARGET 2, sistema de movimientos entre cuentas de tesorería del Banco de España entre entidades financieras. Para tramitarlas, es necesario por lo tanto que la entidad bancaria tenga cuenta en el Banco de España.

Las transferencias que viajan a países NO SEPA lo hacen además a través del sistema de mensajería interbancario SWIFT. En cuanto a las urgentes, se siguen usando, aunque menos, debido a su coste (entre un 0,25 y un 0,35% generalmente del importe) y a la aparición de la nueva modalidad de transferencia en el mismo día para transferencias SEPA.