La Ley de Protección de Datos (LOPD)

Hace ya unos cuantos años que oímos hablar de la Ley de Protección de Datos en nuestro país. Esta ley orgánica es de diciembre de 1999, y tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

La ley regula un derecho fundamental, recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, en el cual se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Además, en este artículo se especifica que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

A qué se refiere y a qué no la LOPD

En ocasiones, se escuchan argumentaciones acerca de su aplicación que distan mucho de ser ciertas. Por ejemplo, en un juicio se dice que no se pueden entregar determinadas facturas entre empresas porque se vulneraría la Ley de Protección de Datos. Sin embargo, la LOPD se refiere a los datos de carácter personal, con lo cual esta manifestación no es válida.

Tampoco se aplica a los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas, a los sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas y a los establecidos para la investigación del terrorismo y de formas graves de delincuencia organizada.

Sin embargo, conviene destacar que no es sólo para las empresas, ya que puede afectar también a autónomos, oenegés, asociaciones, centros educativos, colegios profesionales, etcétera, ya que estas entidades también pueden crear ficheros de datos de carácter personal de sus clientes, trabajadores, alumnos, socios, asociados, colegiados, etcétera.

Cuando se recogen datos personales, no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos, y serán almacenados de forma que permitan el ejercicio del derecho de acceso, rectificación y cancelación. Además, se prohíbe la recogida de datos por medios fraudulentos, desleales o ilícitos.

En general, se requiere el consentimiento inequívoco del afectado, salvo, por ejemplo, en el caso de los datos que recogen las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias.

¿Qué son los niveles en la LOPD?

Dependiendo del tipo de datos, se exige una mayor diligencia en la custodia de los archivos. Existen tres niveles:

Básico: aplicable a todos los ficheros que contengan datos relativos a personas físicas identificadas o identificables como, por ejemplo, nombre y apellidos, dirección, teléfono, etcétera.

Medio: datos relativos a la comisión de infracciones, la información de Hacienda, de servicios financieros…

Alto: referido a cuestiones como la Ideología, la religión, las creencias, el origen racial o la salud.

Cómo afecta a Internet la LOPD

La expansión de la Red ha traído muchas ventajas a nuestra sociedad, pero también lleva aparejados algunos problemas, de manera que se hace imprescindible una regulación de los derechos en Internet. Entre los principales inconvenientes, está el de la reducción de la privacidad. Al navegar por el ciberespacio, estamos expuestos a las cookies, pequeños ficheros que permiten “rastrear” nuestra actividad, ya que almacenan información sobre las webs que hemos visitado, las preferencias personales, las estadísticas de uso, enlaces a redes sociales, acceso a cuentas de usuario, etcétera.

Por otra parte, desde hace dos años se aplica el llamado “derecho al olvido” en la Unión Europea. La sentencia del 13 de mayo de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que las personas tienen derecho a solicitar, bajo ciertas condiciones, que los enlaces a sus datos personales no figuren en los resultados de una búsqueda en Internet realizada por su nombre.

Para ejercer este derecho, los principales buscadores han habilitado unos formularios específicos. Si la respuesta de estos no fuera satisfactoria, el ciudadano puede dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).